
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válida la reforma a la Ley Minera aprobada en 2022, mediante la cual se establece que el litio es patrimonio de la nación y que su exploración y explotación corresponden exclusivamente al Estado mexicano.
Por unanimidad, el pleno del máximo tribunal determinó que la acción de inconstitucionalidad presentada por un grupo de senadores de oposición no tenía fundamento, al considerar que la reforma no viola la Constitución.
Los ministros señalaron que la reforma constitucional publicada el 31 de octubre de 2024, en la que se modificaron los artículos 25, 27 y 28, incorporó al litio como área estratégica, lo que respalda legalmente que el Estado tenga la rectoría sobre este recurso.
También se determinó que no era obligatorio realizar consulta previa a pueblos indígenas y afroamexicanos, ya que la reforma solo define de manera general la propiedad y control del litio, y la consulta será necesaria únicamente cuando se desarrollen proyectos específicos que impacten directamente en comunidades.
La Corte recordó que anteriormente ya se había pronunciado sobre el tema en distintos amparos, pero esos fallos solo beneficiaban a quienes promovieron los recursos legales.
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