
Xalapa, Ver.– A partir del 1 y hasta el 30 de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitó el periodo para que las personas físicas presenten su declaración anual, trámite que podrá realizarse en línea durante todo el día.
El administrador desconcentrado de Servicios al Contribuyente en Veracruz, Edmundo Rogelio Naranjo Dávalos, informó que, aunque la plataforma está disponible de forma continua, es común que en los últimos días se registren saturaciones.
⚠️ Llamado a no dejarlo al último momento
Autoridades fiscales exhortaron a los contribuyentes a presentar su declaración con anticipación, evitando así contratiempos por la alta demanda del sistema.
“Se recomienda no esperar hasta el 30 de abril, ya que las plataformas suelen saturarse”, señalaron.
💻 Requisitos para realizar el trámite
Para cumplir con esta obligación, los contribuyentes deben contar con:
- ✔️ Firma electrónica (e.firma)
- ✔️ Información fiscal actualizada
Con estos elementos, el proceso puede realizarse desde el primer día del periodo.
📌 ¿Quiénes deben declarar?
La declaración anual aplica para personas físicas que perciban ingresos por:
- Actividad empresarial
- Servicios profesionales
- Arrendamiento
- Otros ingresos derivados de actividades económicas
❗ Excepciones
El SAT indicó que existen casos en los que no es obligatorio presentar la declaración, por ejemplo:
- Cuando los ingresos anuales no superaron los 400 mil pesos durante el ejercicio fiscal
No obstante, sí deberán presentarla quienes hayan tenido más de un patrón de manera simultánea.
📢 Importancia del cumplimiento fiscal
El cumplimiento oportuno de esta obligación permite mantener en orden la situación fiscal y evitar sanciones, además de facilitar posibles devoluciones de saldo a favor.
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