
Ciudad de México, 8 de abril de 2026.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional que la Secretaría de Hacienda pueda bloquear cuentas bancarias sin orden judicial, siempre que existan indicios relacionados con operaciones de lavado de dinero.
La resolución, aprobada por mayoría en el pleno, respalda la reforma a la Ley de Instituciones de Crédito, bajo el argumento de que esta medida busca proteger la estabilidad e integridad del sistema financiero mexicano.
📑 Medida preventiva, no sanción penal
La ministra ponente, Loretta Ortiz, explicó que el congelamiento de cuentas debe entenderse como una medida cautelar de carácter preventivo, y no como una sanción, lo que —según el criterio de la Corte— la alinea con estándares internacionales en materia de fiscalización y combate a operaciones ilícitas.
⚠️ Ministros advierten riesgos de abuso
Sin embargo, durante la discusión, ministros que votaron en contra advirtieron que este tipo de medidas no deben prolongarse de forma indefinida, subrayando la necesidad de que los casos sean judicializados oportunamente para evitar posibles abusos de autoridad.
🏦 Procedimiento para los usuarios afectados
De acuerdo con lo establecido:
- Las instituciones bancarias deberán notificar formalmente a los usuarios afectados
- Los titulares de las cuentas tendrán un plazo de cinco días hábiles para solicitar una garantía de audiencia ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)
- La autoridad contará con quince días para resolver la situación jurídica del usuario
Durante este proceso, los recursos permanecerán inmovilizados como medida de resguardo, en tanto se determina si existe o no un origen ilícito.
💰 Impacto y debate
La decisión abre un nuevo debate entre seguridad financiera y derechos individuales, al permitir acciones inmediatas por parte del Estado, pero también plantea cuestionamientos sobre los límites en la intervención de las autoridades sin orden judicial previa.
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